En España, las parejas que conviven sin estar casadas no tienen los mismos derechos sucesorios que los cónyuges legalmente casados. Esto significa que, en caso de fallecimiento de uno de los miembros, la pareja superviviente no hereda automáticamente, a menos que se hayan tomado medidas legales previas.
La Ley 10/2003, de Medidas de Protección Jurídica del Patrimonio Familiar, y el Código Civil, establecen que los derechos de sucesión dependen de la existencia de un testamento válido. Por tanto, para proteger a la pareja no casada, es imprescindible formalizar un testamento donde se especifique la transmisión de bienes.
¿Qué pasa con las herencias en una pareja no casada?
Otra estrategia común es la constitución de contratos de convivencia o figuras como la donación entre convivientes, que permiten garantizar cierta protección patrimonial. Además, la planificación fiscal es clave, ya que los impuestos de sucesiones pueden ser diferentes para parejas no casadas, pudiendo suponer un coste adicional importante si no se planifica adecuadamente.
Contar con un asesor legal especializado permite estructurar la herencia de manera que la pareja no casada pueda recibir bienes de manera segura y conforme a la legislación española.
Ante cualquier duda sobre herencias en pareja no casada, el equipo de profesionales de Legadosi3 puede ofrecer orientación y soluciones legales personalizadas para proteger sus derechos y los de su pareja.
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