Las películas y series a menudo retratan herencias como algo inmediato, dramático y lleno de conflictos. Pero la realidad jurídica en España dista mucho de esas tramas. Veamos algunos errores comunes y cómo se regulan aquí:

Error 1: “La lectura del testamento” en grupo.
En España no existe esa escena donde todos los herederos se reúnen y un abogado les lee el testamento. El testamento se consulta de forma privada y se solicita el certificado de últimas voluntades para verificar su validez, según lo previsto en el Reglamento Notarial y el artículo 14 del Código Civil.

Error 2: “El heredero lo hereda todo automáticamente”.
En la ficción, muchas veces una persona hereda de inmediato todos los bienes. En España, es obligatorio aceptar la herencia de forma expresa (o tácita), y puede hacerse a beneficio de inventario, tal como permite el artículo 1010 del Código Civil, para evitar responder con el patrimonio propio ante deudas del fallecido.

Error 3: “Una cláusula sorprendente cambia todo.”
Aunque es legal incluir condiciones en un testamento, en España no pueden ir contra la ley ni perjudicar a los herederos forzosos, como se recoge en el artículo 675 del Código Civil. Por ejemplo, no se puede desheredar a un hijo sin causa justificada legalmente.

Las historias de herencias en el cine son entretenidas, pero no reflejan el proceso real. Si tienes dudas sobre tu situación concreta o un testamento que parece “de película”, en Legadosi3 podemos ayudarte a interpretarlo y actuar con seguridad jurídica