El régimen de herencias en el País Vasco está influenciado por su normativa foral, que introduce particularidades significativas respecto al derecho común español. La Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, regula aspectos específicos de las sucesiones, reflejando las tradiciones y costumbres propias de la región.

Una de las características más distintivas del Derecho Civil Vasco es la figura del «testamento por comisario«. Este tipo de testamento permite a uno de los cónyuges delegar en el otro la capacidad de distribuir los bienes comunes tras su fallecimiento. Este mecanismo otorga una gran flexibilidad y es especialmente útil en la planificación sucesoria de matrimonios.

Herencias en el País Vasco: la legítima

Además, en el País Vasco, la legítima se calcula de manera diferente a la del derecho común. La legítima, que es la porción de la herencia reservada por ley a determinados herederos, en el País Vasco se limita al tercio de mejora, a diferencia del sistema común español que la distribuye en tercios de legítima estricta, mejora y libre disposición. Esto permite una mayor libertad para disponer de los bienes.

El régimen de comunicación foral, aplicable en algunas zonas del País Vasco, como el Valle de Ayala, también presenta particularidades. En este sistema, los bienes adquiridos durante el matrimonio son comunes y se distribuyen equitativamente, lo que puede afectar significativamente la planificación sucesoria.

Para beneficiarse de las ventajas del régimen foral vasco, es esencial tener en cuenta la vecindad civil. Los residentes en el País Vasco, que han vivido allí al menos diez años, pueden optar por este régimen. Esto destaca la importancia de asesorarse adecuadamente para asegurarse de que se aplica el régimen sucesorio más beneficioso, por eso, si buscas orientación para gestionar una herencia en el País Vasco, nuestro despacho cuenta con expertos en la normativa foral.