Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, se abre lo que en Derecho sucesorio español se denomina sucesión intestada o “abintestato”. Este escenario es más habitual de lo que parece y genera numerosas dudas entre los familiares, especialmente en lo relativo a quién hereda, en qué orden y cuánto tiempo puede tardar la tramitación.
En España, este proceso está regulado principalmente por el Código Civil, que establece en su artículo 913 que: “A falta de herederos testamentarios, la ley defiere la herencia a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado”. Es decir, no existe una herencia “sin dueño”, sino un orden legal estricto que determina quién recibe los bienes.
El orden de sucesión viene fijado por la ley. En primer lugar, heredan los descendientes (hijos y nietos). Si no existen, pasan a heredar los ascendientes (padres y abuelos). En ausencia de estos, el derecho recae en el cónyuge viudo, y posteriormente en los hermanos y demás colaterales hasta el cuarto grado. Si no existe ningún familiar con derecho a heredar, la herencia puede acabar siendo adjudicada al Estado, aunque este es un supuesto poco frecuente.
Procedimiento legal en una herencia sin testamento
Para iniciar el proceso, es necesario tramitar una declaración de herederos abintestato, que se realiza ante notario si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge. En otros casos más complejos, puede ser necesaria la intervención judicial. Una vez determinados los herederos, se procede a la aceptación y partición de la herencia, así como al pago del Impuesto de Sucesiones correspondiente.
El tiempo de resolución varía según la complejidad del caso. En situaciones sencillas, el procedimiento puede resolverse en pocas semanas. Sin embargo, cuando existen discrepancias familiares, bienes en distintas ubicaciones o falta de documentación, el proceso puede prolongarse varios meses o incluso años.
Además, hay que tener en cuenta los plazos fiscales. La Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece que el impuesto debe liquidarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga.
Problemas habituales en herencias sin testamento
Las herencias intestadas suelen generar conflictos por varios motivos:
- Falta de acuerdo entre familiares
- Desconocimiento del patrimonio del fallecido
- Existencia de deudas ocultas
- Retrasos en la tramitación notarial o judicial
Estos factores hacen que contar con asesoramiento legal especializado sea especialmente recomendable.
La ausencia de testamento no implica la imposibilidad de heredar, pero sí introduce un proceso más complejo, regulado estrictamente por la ley y sujeto a trámites formales que pueden alargar los tiempos y generar conflictos familiares.
Desde Legados i3 podemos ayudarte a gestionar todo el proceso sucesorio de forma ágil, segura y con el respaldo jurídico necesario para proteger tus derechos y los de tu familia.
Deja tu comentario