¿Necesitas anular tu testamento? El testamento es uno de los documentos legales más importantes en la vida, ya que marca quién heredará los bienes y derechos de la persona. También por ello, es uno de los trámites que más problemas generan entre las familias y amigos del fallecido. Por ello, es importante dejar bien claro la intención del testador, para que, una vez interpretado, el testamento no de lugar a errores.
No hay una única forma de legar, ya que existencias varias maneras de hacer un testamento, como son el ológrafo, el abierto, cerrado, militar, marítimo o el llevado a cabo en un país extranjero. Sin embargo, todos ellos otorgan el mismo derecho a los herederos.
¿Puedo anular mi testamento?
Por diversos motivos, es posible que una vez que hayamos redactado nuestro testamento, decidamos anularlo. Puede ser una disputa con uno de los futuros herederos, la incorporación de un nuevo miembro a la familia o simplemente un cambio de parecer en el testador. Como siempre, es esencial que antes de iniciar ningún trámite o revocación del mismo consultes tus opciones con un equipo de profesionales. Desde Legados i3 estaremos felices de poder asesorarte sobre estas cuestiones.
Cómo anular mi testamento
En cualquier momento, y una vez que hayas redactado y tramitado legalmente tu testamento, puedes revocarlo o anularlo presentado un nuevo testamento o, en su caso, una escritura notarial en la que indicas la anulación total o parcial del documento. De esta forma, si tan solo se quiere cambiar alguna parte del testamento, no es necesario anularlo por completo y redactar uno nuevo, bastará con indicar las partes que queramos cambiar del primero.
¿Puede alguien anular mi testamento?
Además del propio testador, el testamento solo podrá ser declarado nulo en cinco ocasiones: cuando el documento no cumpla con los requisitos que indica la ley pertinente: cuando se haya concedido a alguien no identificado; si se prueba que el testador, a la hora de realizarlo, no se encontraba en plenas facultades; si el testamento se realizó antes de cumplir los 14 años; o si se demuestra que el testador realizo el documento bajo coacciones o amenazas de cualquier tipo.
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